1. Introducción
Los Contaminantes Orgánicos Persistentes (COP) son compuestos orgánicos que resisten la degradación ambiental, se bioacumulan en los tejidos vivos y representan peligros reales tanto para la salud humana como para los ecosistemas. Debido a que viajan largas distancias por aire, agua y especies migratorias, son un problema global, no local. El Reglamento POP de la UE (UE) 2019/1021 aplica el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes en toda la UE, prohibiendo, eliminando progresivamente o restringiendo la fabricación y el uso de estas sustancias.Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos PersistentesEn Balford, tomamos el cumplimiento ambiental con seriedad. Estamos plenamente comprometidos a cumplir con todas las regulaciones aplicables, incluido el Reglamento POP de la UE. Esta declaración detalla nuestra posición de cumplimiento, las sustancias específicas que monitoreamos y nuestro enfoque continuo hacia la fabricación responsable y la supervisión de la cadena de suministro.
2. Nuestro Compromiso con el Cumplimiento de los COPBalfordBalford declara por medio de la presente, bajo nuestra exclusiva responsabilidad, que todos los productos, componentes, materiales y embalajes que suministramos cumplen plenamente con el Reglamento (UE) 2019/1021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (el “Reglamento POP de la UE”), según sus enmiendas periódicas.
Específicamente, confirmamos que:
Balford declara por medio de la presente, bajo nuestra exclusiva responsabilidad, que todos los productos, componentes, materiales y embalajes suministrados por nosotros cumplen plenamente con el Reglamento (UE) 2019/1021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (el “Reglamento POP de la UE”), según sus enmiendas periódicas.
Específicamente, confirmamos que:
- Nuestros productosno contienen sustancias añadidas intencionalmenteenumeradas en el Anexo I (Parte A o Parte B) o el Anexo II del Reglamento POP de la UE;
- Cualquier contaminante traza no intencional (UTC) encontrado en nuestros productos semantiene muy por debajo de los límites de concentraciónestablecidos en el Reglamento;
- Monitoreamos los cambios regulatorios de forma continua y ajustamos nuestros procesos según sea necesario para mantenernos plenamente en cumplimiento.
3. Principales Sustancias COP que Controlamos
El Reglamento POP de la UE abarca una amplia lista de contaminantes orgánicos persistentes. A continuación se presentan los principales grupos de sustancias relevantes para nuestro tipo de fabricación que monitoreamos y controlamos de cerca:
3.1 Éteres de Difenilo Polibromados (PBDE)
Los PBDE son retardantes de llama bromados utilizados históricamente en plásticos, electrónicos y textiles. La UE ha endurecido significativamente los límites de cinco PBDE — tetraBDE, pentaBDE, hexaBDE, heptaBDE y decaBDE. Según el Reglamento Delegado (UE) 2025/1482, vigente desde el 17 de noviembre de 2025:
- Límite general: Para estas cinco sustancias en mezclas o artículos, lasconcentraciones individuales y totales deben ser ≤ 10 mg/kg;
- Materiales reciclados: Se aplican límites escalonados — ≤ 500 mg/kg (al entrar en vigor), ≤ 350 mg/kg (a partir del 30 de diciembre de 2025) y ≤ 200 mg/kg (a partir del 30 de diciembre de 2027);
- Productos infantiles: Los juguetes y artículos de puericultura enfrentan límites escalonados aún más estrictos, alcanzando finalmente ≤ 10 mg/kg.
Balfordasegura que todas nuestras piezas cumplan o superen estos requisitos, con especial atención a los materiales provenientes de fuentes recicladas.
3.2 Ácido perfluorooctano sulfónico (PFOS) y sus derivados
El PFOS es un contaminante orgánico persistente que aparece en una variedad de productos industriales y de consumo.Según el Reglamento Delegado (UE) 2025/718, vigente desde el 17 de julio de 2025 (con revisiones de límites que entran en vigor el 3 de diciembre de 2025):
- PFOS y sus sales en sustancias, mezclas y artículos: ≤ 0,025 mg/kg (25 ppb);
- Compuestos relacionados con el PFOS (suma total): ≤ 1 mg/kg.
Balford monitorea activamente nuestra cadena de suministro para garantizar que el PFOS y sus derivados sean eliminados o se mantengan muy por debajo de estos umbrales. monitorea activamente nuestra cadena de suministro para garantizar que el PFOS y sus derivados sean eliminados o se mantengan muy por debajo de estos umbrales.
3.3 Dechlorane Plus3.3 Dechlorane Plus
El 25 de septiembre de 2025, la Comisión Europea añadió oficialmente el Dechlorane Plus y sus isómeros a la lista de COP mediante el Reglamento Delegado (UE) 2025/1930 Se aplican ciertas exenciones para aeroespacial, defensa, imágenes médicas, equipos de radioterapia y repuestos para productos específicosBalford trabaja activamente con nuestros proveedores para eliminar el Dechlorane Plus de nuestros productos antes de los plazos regulatorios.Balford trabaja activamente con nuestros proveedores para eliminar el Dechlorane Plus de nuestros productos antes de los plazos regulatorios.
3.4 UV-328
El UV-328 (No. CAS 25973-55-1) se añadió a la lista de COP en virtud del Reglamento (UE) 2025/843, con efecto a partir del 4 de agosto de 2025. El límite de concentración es de 100 mg/kg. El UV-328 es un estabilizador de luz común utilizado en recubrimientos, plásticos y caucho.. El límite de concentración es Balford ha implementado protocolos de prueba para verificar que nuestros productos se mantengan por debajo del límite prescrito de UV-328.. El UV-328 se utiliza comúnmente como estabilizador de luz en recubrimientos, plásticos y caucho3.5 Clorpirifos
El 30 de junio de 2026, la Comisión Europea añadió el Clorpirifos (No. CAS 2921-88-2) al Anexo I, Parte A del Reglamento de COP de la UE. El límite de UTC se establece en 0,01 mg/kg. No se aplican exenciones específicas. ha implementado protocolos de prueba para garantizar que nuestros productos no contengan UV-328 por encima del límite prescrito.
Balford está rastreando y eliminando activamente el Clorpirifos de nuestra cadena de suministro.3.5 Clorpirifos
3.6 Sustancias en Propuesta (Adopción Pendiente)El 30 de junio de 2026, la Comisión Europea añadió formalmente el Clorpirifos (No. CAS 2921-88-2) al Anexo I, Parte A del Reglamento de COP de la UELa Comisión Europea ha propuesto añadir las siguientes sustancias al Anexo I del Reglamento de COP de la UE:0,01 mg/kgSustanciaLímite PropuestoParafinas Cloradas de Cadena Media (PCCM)
≤ 1.000 mg/kg (0,1%)Ácidos Perfluorocarboxílicos de Cadena Larga (PFCAs C9–C21), sus sales y compuestos relacionados≤ 0,025 mg/kg (25 ppb)
Balford se está preparando proactivamente para estas próximas restricciones trabajando con nuestros proveedores para identificar y eliminar estas sustancias de nuestros productos.
4. Gestión de la Cadena de Suministro y Monitoreo Continuo
| Sustancia | Límite Propuesto |
|---|---|
| Parafinas Cloradas de Cadena Media (PCCM) | ≤ 1.000 mg/kg (0,1%) |
| Ácidos Perfluorocarboxílicos de Cadena Larga (PFCAs C9–C21), sus sales y compuestos relacionados | ≤ 0,025 mg/kg (25 ppb) |
Balford se está preparando proactivamente para estas próximas restricciones trabajando con nuestros proveedores para identificar y eliminar estas sustancias de nuestros productos.
4. Gestión de la Cadena de Suministro & Monitoreo Continuo
En Balford, entendemos que el cumplimiento de COP no se detiene en nuestro propio piso de producción—recorre toda la cadena de suministro, desde la materia prima hasta la pieza terminada.fabricaciónPor eso hemos construido un programa de cumplimiento que cubre cada paso de nuestro proceso de abastecimiento y producción. Así es como lo gestionamos:completavisibilidad y responsabilidad de la cadena de suministro. Específicamente, hemos implementado los siguientes controles:
- Declaraciones de proveedores: Cada proveedor debe presentar una Declaración de Cumplimiento que confirme que sus materiales y componentes se mantienen por debajo de los umbrales prescritos de COP. No aceptamos garantías verbales—lo queremos por escrito.: Todos nuestros proveedores deben proporcionar una Declaración de Cumplimiento que confirme que sus materiales y componentes no contienen COP por encima de los umbrales prescritos; Declaraciones de composición de materiales: Mantenemos registros detallados sobre la composición química de todas las materias primas y componentes que ingresamos. Esto nos da un rastro documental claro para cada lote que procesamos.
- Declaraciones de composición de materialesPruebas regulares: Realizamos pruebas periódicas tanto en materias primas entrantes como en piezas terminadas para verificar que cumplen con los límites requeridos. Esto no es una verificación única—es parte continua de nuestra rutina de control de calidad.
- Seguimiento regulatorio: Nos mantenemos al día con los cambios al Reglamento de COP de la UE, incluidos nuevos listados de sustancias y límites revisados, y transmitimos esa información a nuestros proveedores para que todos trabajen con la misma especificación actualizada.;
- Acciones correctivas: Si alguna vez encontramos un problema de incumplimiento, actuamos de inmediato—investigamos la causa raíz, implementamos medidas correctivas y notificamos a cualquier cliente afectado sin demora.: Monitoreamos continuamente las actualizaciones del Reglamento de COP de la UE, incluidos nuevos listados de sustancias y enmiendas a los límites existentes, y comunicamos los cambios relevantes a nuestros socios de la cadena de suministro; 5. Base de esta Declaración
- Acciones correctivasEsta declaración se fundamenta en las siguientes fuentes:
Información que hemos recopilado de nuestros proveedores, incluyendo sus certificaciones y declaraciones de composición de materiales;
Nuestros propios procedimientos internos de pruebas y control de calidad, que aplicamos de manera consistente en todas las corridas de producción;
- La lista actual de sustancias reguladas bajo el Reglamento POP de la UE, según lo publicado por la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA).
- Información disponible para Balford de nuestros proveedores, incluyendo certificaciones de proveedores y declaraciones de composición de materiales;
- Hacemos esta declaración de buena fe, basándonos en la mejor información disponible para nosotros en este momento.
- 6. Compromiso con la Mejora Continua
Declaramos esto según nuestro leal saber y entender.
6. Compromiso con la Mejora Continua
La sostenibilidad y el cumplimiento normativo no son hitos únicos—son compromisos continuos. En Balford, nos mantenemos enfocados en:
- Mejora continua en nuestro desempeño ambiental y de cumplimiento;
- Invertir en nuevas tecnologías que respalden operaciones de manufactura más seguras y limpias;
- Capacitar a nuestros empleados en gestión de químicos y mejores prácticas regulatorias;
- Colaborar con nuestros socios de la cadena de suministro para asegurar que nuestro compromiso compartido con la sostenibilidad y el cumplimiento recorran toda la cadena de valor.
7. Conclusión
Balford es un fabricante y proveedor responsable, totalmente comprometido con la protección de la salud humana y el medio ambiente mediante el cumplimiento del Reglamento POP de la UE (UE) 2019/1021. Invitamos a nuestros clientes, socios y comunidades a unirse a nosotros—porque un mundo más limpio y seguro beneficia a todos.
Emitido por:
Balford
[2 DE MAYO DE 2016]
[shawn@balford.net]
Esta declaración se revisa periódicamente y se actualizará a medida que cambie el Reglamento POP de la UE o surja nueva información.
