1. Introducción
Los contaminantes orgánicos persistentes (COP) son compuestos orgánicos que resisten la degradación ambiental, se bioacumulan en los tejidos vivos y representan peligros reales tanto para la salud humana como para los ecosistemas. Debido a que viajan largas distancias a través del aire, el agua y las especies migratorias, son un problema global, no local. El Reglamento (UE) 2019/1021 sobre COP aplica el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes en toda la UE, prohibiendo, eliminando gradualmente o restringiendo la fabricación y el uso de estas sustancias.Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos PersistentesEn Balford, nos tomamos en serio el cumplimiento ambiental. Estamos plenamente comprometidos con cumplir todas las regulaciones aplicables, incluido el Reglamento (UE) sobre COP. Esta declaración expone nuestra posición de cumplimiento, las sustancias específicas que rastreamos y nuestro enfoque continuo hacia la fabricación responsable y la supervisión de la cadena de suministro.
2. Nuestro compromiso con el cumplimiento de los COPBalfordBalford declara, bajo su exclusiva responsabilidad, que todos los productos, componentes, materiales y embalajes que suministramos cumplen plenamente con el Reglamento (UE) 2019/1021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre contaminantes orgánicos persistentes (el "Reglamento (UE) sobre COP"), en su versión modificada periódicamente.
Específicamente, confirmamos que:
Balford declara, bajo su exclusiva responsabilidad, que todos los productos, componentes, materiales y embalajes que suministramos están en pleno cumplimiento con el Reglamento (UE) 2019/1021 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre contaminantes orgánicos persistentes (el "Reglamento (UE) sobre COP"), en su versión modificada periódicamente.
Específicamente, confirmamos que:
- Nuestros productosno contienen sustancias añadidas intencionalmentelistadas en el Anexo I (Parte A o Parte B) o en el Anexo II del Reglamento (UE) sobre COP;
- Cualquier contaminante traza no intencional (UTC) presente en nuestros productos semantiene muy por debajo de los límites de concentraciónestablecido en el Reglamento;
- Realizamos un seguimiento continuo de los cambios normativos y ajustamos nuestros procesos según sea necesario para mantener el pleno cumplimiento.
3. Sustancias POP clave que controlamos
El Reglamento POP de la UE cubre una amplia lista de contaminantes orgánicos persistentes. A continuación se indican los principales grupos de sustancias relevantes para nuestro tipo de fabricación que monitorizamos y controlamos de cerca:
3.1 Éteres de difenilo polibromados (PBDE)
Los PBDE son retardantes de llama bromados utilizados históricamente en plásticos, electrónica y textiles. La UE ha endurecido significativamente los límites para cinco PBDE — tetraBDE, pentaBDE, hexaBDE, heptaBDE y decaBDE. En virtud del Reglamento Delegado (UE) 2025/1482, con efectos a partir del 17 de noviembre de 2025:
- Límite general: Para estas cinco sustancias en mezclas o artículos, lasconcentraciones individuales y totales deben ser ≤ 10 mg/kg;
- Materiales reciclados: Se aplican límites escalonados — ≤ 500 mg/kg (a la entrada en vigor), ≤ 350 mg/kg (a partir del 30 de diciembre de 2025) y ≤ 200 mg/kg (a partir del 30 de diciembre de 2027);
- Productos infantiles: Los juguetes y artículos de puericultura enfrentan límites escalonados aún más estrictos, que finalmente alcanzarán ≤ 10 mg/kg.
Balfordse asegura de que todas nuestras piezas cumplan o superen estos requisitos, con un escrutinio adicional sobre el material procedente de fuentes recicladas.
3.2 Ácido perfluorooctanosulfónico (PFOS) y sus derivados
El PFOS es un contaminante orgánico persistente que aparece en una amplia gama de productos industriales y de consumo.En virtud del Reglamento Delegado (UE) 2025/718, con efectos a partir del 17 de julio de 2025 (con revisiones de límites que entrarán en vigor el 3 de diciembre de 2025):
- PFOS y sus salesen sustancias, mezclas y artículos:≤ 0,025 mg/kg (25 ppb);
- compuestos relacionados con PFOS(suma total):≤ 1 mg/kg.
Balford supervisa activamente nuestra cadena de suministro para garantizar que el PFOS y sus derivados se eliminen o se mantengan muy por debajo de estos umbrales. supervisa activamente nuestra cadena de suministro para garantizar que el PFOS y sus derivados se eliminen o se mantengan muy por debajo de estos umbrales.
3.3 Dechlorane Plus3.3 Dechlorane Plus
El 25 de septiembre de 2025, la Comisión Europea añadió oficialmente el Dechlorane Plus y sus isómeros a la lista de POPs mediante el Reglamento Delegado (UE) 2025/1930 Se aplican ciertas exenciones para el sector aeroespacial, defensa, imágenes médicas, equipos de radioterapia y piezas de repuesto para productos específicosBalford está trabajando activamente con nuestros proveedores para eliminar gradualmente el Dechlorane Plus de nuestros productos antes de los plazos reglamentarios.Balford está trabajando activamente con nuestros proveedores para eliminar gradualmente el Dechlorane Plus de nuestros productos antes de los plazos reglamentarios.
3.4 UV-328
El UV-328 (n.º CAS 25973-55-1) se añadió a la lista de COP en virtud del Reglamento (UE) 2025/843, con efectos a partir del 4 de agosto de 2025. El límite de concentración es de 100 mg/kg. El UV-328 es un estabilizador de luz común utilizado en recubrimientos, plásticos y caucho.. El límite de concentración es de Balford ha implementado protocolos de prueba para verificar que nuestros productos se mantengan por debajo del límite de UV-328 prescrito.. El UV-328 se utiliza comúnmente como estabilizador de luz en recubrimientos, plásticos y caucho3.5 Clorpirifos
El 30 de junio de 2026, la Comisión Europea añadió el Clorpirifos (n.º CAS 2921-88-2) al anexo I, parte A, del Reglamento de la UE sobre COP. El límite de UTC se establece en 0,01 mg/kg. No se aplican exenciones específicas. ha implementado protocolos de prueba para garantizar que nuestros productos no contengan UV-328 por encima del límite prescrito.
Balford está rastreando y eliminando activamente el Clorpirifos de nuestra cadena de suministro.3.5 Clorpirifos
3.6 Sustancias bajo propuesta (pendientes de adopción)El 30 de junio de 2026, la Comisión Europea añadió formalmente el Clorpirifos (n.º CAS 2921-88-2) al anexo I, parte A, del Reglamento de la UE sobre COPLa Comisión Europea ha propuesto añadir las siguientes sustancias al anexo I del Reglamento de la UE sobre COP:0,01 mg/kgSustanciaLímite propuestoParafinas cloradas de cadena media (MCCP)
≤ 1.000 mg/kg (0,1 %)Ácidos perfluorocarboxílicos de cadena larga (C9–C21 PFCA), sus sales y compuestos relacionados≤ 0,025 mg/kg (25 ppb)
Balford se está preparando de forma proactiva para estas próximas restricciones trabajando con nuestros proveedores para identificar y eliminar estas sustancias de nuestros productos.
4. Gestión de la cadena de suministro y monitoreo continuo
| Sustancia | Límite propuesto |
|---|---|
| Parafinas cloradas de cadena media (MCCP) | ≤ 1.000 mg/kg (0,1 %) |
| Ácidos perfluorocarboxílicos de cadena larga (C9–C21 PFCA), sus sales y compuestos relacionados | ≤ 0,025 mg/kg (25 ppb) |
Balford se está preparando de forma proactiva para estas próximas restricciones trabajando con nuestros proveedores para identificar y eliminar estas sustancias de nuestros productos.
4. Gestión de la cadena de suministro y monitoreo continuo
En Balford, entendemos que el cumplimiento de la normativa sobre COP no se detiene en nuestro propio taller: recorre toda la cadena de suministro, desde la materia prima hasta la pieza terminada.fabricaciónPor eso hemos creado un programa de cumplimiento que cubre cada paso de nuestro proceso de abastecimiento y producción. Así es como lo gestionamos:completavisibilidad y responsabilidad en la cadena de suministro. Específicamente, hemos implementado los siguientes controles:
- Declaraciones de proveedores: Cada proveedor debe presentar una Declaración de Cumplimiento confirmando que sus materiales y componentes se mantienen por debajo de los umbrales de COP prescritos. No aceptamos garantías verbales: lo queremos por escrito.: Todos nuestros proveedores deben proporcionar una Declaración de Cumplimiento confirmando que sus materiales y componentes no contienen COP por encima de los umbrales prescritos; Declaraciones de composición de materiales: Mantenemos registros detallados sobre la composición química de todas las materias primas y componentes que incorporamos. Esto nos proporciona un rastro documental claro para cada lote que procesamos.
- Declaraciones de composición de materialesPruebas periódicas: Realizamos pruebas periódicas tanto en la materia prima entrante como en las piezas terminadas para verificar que cumplen con los límites requeridos. Esto no es una verificación única: es una parte continua de nuestra rutina de control de calidad.
- Seguimiento regulatorio: Nos mantenemos al tanto de los cambios en el Reglamento de COP de la UE, incluidas nuevas listas de sustancias y límites revisados, y transmitimos esa información a nuestros proveedores para que todos trabajen con la misma especificación actualizada.;
- Acciones correctivas: Si alguna vez encontramos un problema de incumplimiento, actuamos de inmediato: investigamos la causa raíz, implementamos medidas correctivas y notificamos a los clientes afectados sin demora.: Monitoreamos continuamente las actualizaciones del Reglamento de COP de la UE, incluidas nuevas listas de sustancias y enmiendas a los límites existentes, y comunicamos los cambios relevantes a nuestros socios de la cadena de suministro; 5. Base de esta declaración
- Acciones correctivasEsta declaración se fundamenta en las siguientes fuentes:
Información recopilada de nuestros proveedores, incluyendo sus certificaciones y declaraciones de composición de materiales;
Nuestros propios procedimientos internos de ensayo y control de calidad, que aplicamos de manera consistente en todas las series de producción;
- La lista actual de sustancias reguladas bajo el Reglamento de Contaminantes Orgánicos Persistentes (POPs) de la UE, tal como la publica la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA).
- Información disponible para Balford de nuestros proveedores, incluyendo certificaciones de proveedores y declaraciones de composición de materiales;
- Realizamos esta declaración de buena fe, basándonos en la mejor información disponible en este momento.
- 6. Compromiso con la mejora continua
Declaramos esto según nuestro leal saber y entender.
6. Compromiso con la mejora continua
La sostenibilidad y el cumplimiento normativo no son hitos de una sola vez, sino compromisos continuos. En Balford, nos mantenemos enfocados en:
- Mejora continuaen nuestro desempeño ambiental y de cumplimiento;
- Inversión en nuevas tecnologíasque respalden operaciones de fabricación más seguras y limpias;
- Capacitación de nuestros empleadosen gestión química y mejores prácticas regulatorias;
- Colaboración con nuestros socios de la cadena de suministropara garantizar que nuestrocompromiso compartido con la sostenibilidady el cumplimiento recorra toda la cadena de valor.
7. Conclusión
Balford es un fabricante y proveedor responsable, plenamente comprometido con la protección de la salud humana y el medio ambiente mediante el cumplimiento del Reglamento UE sobre POPs (UE) 2019/1021. Invitamos a nuestros clientes, socios y comunidades a unirse a nosotros, porque un mundo más limpio y seguro beneficia a todos.
Emitido por:
Balford
[2 DE MAYO DE 2016]
[shawn@balford.net]
Estadeclaraciónse revisa periódicamente y se actualizará cuando cambie el Reglamento UE sobre POPs o cuando se disponga de nueva información.

